lunes, 9 de diciembre de 2013

Naturistas, parteras y guías espirituales no podrán ejercer sin registro

Los médicos tradicionales, guías espirituales de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y afrobolivianos, parteras y naturistas estarán impedidos de ejercer sus funciones si no están inscritos en el registro único, dependiente del Gobierno, según establece la Ley de Medicina Tradicional Ancestral Boliviana.

Lo contrario será considerado una actividad ilícita y será penado de acuerdo al ordenamiento legal, explicó la integrante de la Comisión de Política Social de la Cámara de Senadores Mary Medina.

La legisladora indicó que se creará un registro único de los médicos naturistas y guías espirituales, para controlar su ejercicio; y una lista de productos naturales para el tratamiento de las enfermedades.

“Esto va a ser un resguardo para el usuario y usuaria de la medicina tradicional. No va a poder ejercer quien no esté registrado”, destacó.

Además, las personas practicantes de la medicina tradicional y naturista serán incorporadas gradualmente en el Sistema Nacional de Salud, en calidad de prestadores de servicios de la medicina tradicional ancestral.

“Esta ley tiene mucha importancia ya que está instituida en la Constitución Política del Estado, pues señala que la medicina tradicional tiene que revalorizarse, practicarse y articularse a la medicina convencional, a nuestro sistema nacional de salud”, afirmó Medina.

Los senadores agotaron el debate y solo falta un artículo que será conmiserado la próxima semana para la respectiva sanción y posterior promulgación por el Ejecutivo.

El jefe de bancada del MAS en el Senado, Eugenio Rojas, manifestó que la articulación entre la medicina tradicional y convencional consiste en la creación de varias representaciones como el Consejo Nacional de Medicina Tradicional que fortalecerá, resguardará e investigará a favor del potenciamiento de este sector.

El senador dijo que los usuarios podrán elegir si acuden a la medicina tradicional o convencional, y los médicos naturistas también tendrán la posibilidad de derivar a los pacientes a la medicina convencional.

Por su parte, el médico Rafael Colomo dijo que la medida legal tiene importantes alcances para regular la medicina tradicional, pero observó que se quiera equiparar a los médicos profesionales que estudian varios años con los naturistas, incluso pretendiendo una equiparación en el Sistema Nacional de Salud.

“Considero que es hora de poner un alto a las prácticas clandestinas de la medicina tradicional, y es hora de que también se registren en un solo sistema para que tengan sus permisos correspondientes para ejercer sus funciones”, aseveró el especialista.

La propuesta está respaldada por la Constitución Política del Estado y convenciones internacionales como la de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Organización Mundial de la Salud (OMS), que respaldan la práctica de la medicina tradicional para la prevención, tratamiento y curación de las enfermedades, señaló Medina.

El tratamiento del proyecto de ley en su estación en detalle fue pospuesto para las siguientes sesiones plenarias de la Cámara de Senadores.
OBLIGATORIEDAD El senador opositor Germán Antelo considera acertada la decisión de que exista un registro único para los naturistas, pues en muchos casos ponen en riesgo la salud de las personas y los responsables quedan impunes, por falta de una normativa.

Manifestó que en muchos casos, en la práctica de la medicina tradicional, se provocan negligencias que producen mayores complicaciones a la salud de los pacientes, pues muchos naturistas no tienen el equipo ni conocimiento científico que requiere el tratamiento de una cirugía.

El artículo 10 de la mencionada norma crea el Registro Único de la Medicina Tradicional Ancestral Boliviana (Rumetrab), que tiene por objeto establecer mecanismos de control al ejercicio y la práctica de la medicina tradicional ancestral boliviana.

El Rumetrab se encuentra bajo tuición del Ministerio de Salud y Deportes, el procedimiento de registro estará sujeto a reglamentación de la ley.

La medida legal establece que las médicas y médicos tradicionales, guías espirituales de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y afrobolivianos, parteras, parteros y naturistas, para la práctica de la medicina tradicional ancestral deberán registrarse con carácter obligatorio en el Rumetrab.

El senador Eugenio Rojas aclaró que las personas no estén registradas en el Rumetrab no podrán ejercer estas prácticas y serán pasibles a sanciones establecidas por la misma normativa y otras leyes.
Clasificación en 4 grupos
“Los médicos tradicionales, guías espirituales, parteros y naturistas que no se encuentren inscritos en el Registro Único de la Medicina Tradicional Ancestral Boliviana no podrán ejercer legalmente la medicina tradicional ancestral boliviana”, aseveró el jefe de bancada del MAS en el Senado, Eugenio Rojas.

Además se constituyen prestadores de servicios de la medicina tradicional ancestral boliviana clasificados en cuatro grupos: médicas y médicos tradicionales ancestrales, guías espirituales de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y afrobolivianos, parteras y parteros tradicionales y naturistas tradicionales.

Los requisitos para ser reconocido como prestador de servicios de la medicina tradicional ancestral boliviana serán establecidos en la reglamentación de la norma.

La vigilancia y control de la comercialización de los productos naturales tradicionales bolivianos estará a cargo de la Unidad de Medicamentos y Tecnología en Salud (Unimed) del Ministerio de Salud, en coordinación con los Servicios Departamentales de Salud.
La normativa incluirá a prestadores de servicios inscritos en el Sistema Nacional de Salud
Los médicos tradicionales, guías espirituales de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y afrobolivianos, parteras, parteros y naturistas, se constituyen en los recursos humanos para ser incorporados gradualmente dentro del Sistema Nacional de Salud, en calidad de prestadores de servicios de la medicina tradicional ancestral, establece la ley.

La senadora integrante de la Comisión de Política Social de la Cámara de Senadores Mary Medina consideró como un derecho constitucional que los citados sean reconocidos en el sistema de salud con derechos y obligaciones, además de fijar un pago justo por sus servicios.

“Los municipios y gobernaciones podrán destinar parte de su presupuesto en ítems para la contratación de personal de la medicina tradicional, principalmente en las regiones rurales en donde se ejercen activamente estas prácticas medicinales”, afirmó la senadora oficialista.

La medida legal señala que las entidades territoriales autónomas, en aplicación de la Ley No. 031 del 19 de julio de 2010, la Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, podrán financiar ítems en salud garantizando su sostenibilidad financiera.

“El Ministerio de Salud y Deportes, a través del Viceministerio de Medicina Tradicional e Interculturalidad, establecerán políticas relacionadas a recursos humanos de medicina tradicional ancestral boliviana dentro los establecimientos de salud y las redes del sistema nacional de salud”, señala la medida legal.

Por su parte, Víctor Quispe, de la Dirección General de Medicina Tradicional, dependiente del Ministerio de Salud, explicó que el Viceministerio de Medicina Tradicional promoverá la implementación de acciones intersectoriales para el diseño, aplicación y evaluación de estándares e indicadores de interculturalidad en salud.

“Las acciones intersectoriales se coordinaran a través del Consejo Nacional de Medicina Tradicional Ancestral Boliviana”, agregó.


Prohíben medicinas naturistas que no estén registradas
Se prohíbe la comercialización de productos naturales tradicionales artesanales foráneos a la medicina tradicional ancestral boliviana, introducidos en territorio nacional sin el respectivo Registro Sanitario, señala la Ley de Medicina Tradicional Ancestral Boliviana.

La normativa propone que las herboristerías o casas de productos naturales tradicionales serán los centros de expendio “de forma exclusiva” de productos naturales tradicionales, y que sus denominaciones podrán ser adoptadas de acuerdo con el idioma de cada región.

En el artículo 26 de la iniciativa legislativa, se establece que los médicos tradicionales “promoverán, coadyuvarán, con el desarrollo de políticas, planes, programas de conservación, aprovechamiento sostenible y uso racional de la biodiversidad relacionada con el ejercicio de la medicina tradicional”.

El uso de los recursos de fauna, flora, hídricos y minerales por parte de los médicos tradicionales será regulado por el viceministerio del área, que además tendrá una lista de todas las materias primas utilizadas por la medicina tradicional.

La transmisión de los conocimientos por parte de los médicos tradicionales, guías espirituales y naturistas se realizará a través del Centro Plurinacional de Saberes de Medicina Tradicional Ancestral Boliviana, detalla el artículo 16 del proyecto de ley.

El Ministerio de Educación será la entidad responsable de “acreditar” a los médicos tradicionales.

Las universidades del sistema público académico en Bolivia adecuaron currículos de las carreras de salud con enfoque intercultural, con el propósito de impulsar la puesta en práctica de la medicina tradicional con la medicina convencional o biomedicina.

Existen 2.500 médicos tradicionales (de amautas, parteras, yatiris y otros) con credencial otorgado por el Ministerio de Salud para ejercer de manera legal, según la Dirección de Medicina Tradicional del Viceministerio de Medicina Tradicional e Interculturalidad.



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